PRODEUR 2024
Artículo 81:
Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada conforme a lo establecido por esta Ley, en sus respectivos portales de internet, la información de interés público por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señala:
- Fracción II: Estructura orgánica
- Fracción XXI: Presupuesto Asignado
- Fracción XXVIII: Resultados de los procedimientos de licitación pública e invitación restringida
- Fracción XLIII: Ingresos
El proyecto de presupuesto de egresos, la información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.
La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:
a).- De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
i.- La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
ii.- Los nombres de los participantes o invitados;
iii.- El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
iv.- El área solicitante y la responsable de su ejecución; v.- Las convocatorias e invitaciones emitidas;
vi.- Los dictámenes y fallo de adjudicación;
vii.- El contrato y, en su caso, sus anexos; viii.- Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
ix.- La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;
x.- Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;
xi.- Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;
xii.- Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;
xiii.- El convenio de terminación, y
xiv.- El finiquito.
b).- De las adjudicaciones directas:
i.- La propuesta enviada por el participante;
ii.- Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
iii.- La autorización del ejercicio de la opción;
iv.- En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;
v.- El nombre de la persona física o moral adjudicada;
vi.- La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
vii.- El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
viii.- Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
ix.- Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
x.- El convenio de terminación, y
xi.- El finiquito.
Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos